11/11/10

Socialización de Derechos de Autor

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La idea de socializar el conocimiento, creando un "bien común" del pensamiento, es además de una actitud ética, solidaria, humana, una necesidad histórica. Compartir el conocimiento creado, transmitirlo, es una forma de realización social, un aporte a la humanidad. En la época actual, con la revolución científica y técnica de los medios de comunicación, el pensamiento como acción individual, íntima, es cada vez menos personal, menos privado y más colectivo; más social. La propia y pura creación personal o privada del conocimiento tiene a su base la asimilación de conocimientos socializados, captados sensorialmente y transmitido por modernos medios de comunicación como las bibliotecas electrónicas, las web, los blogs, en fin por la internet. Se atribuye a Newton la frase "pude ver más adelante porque me apoyé en hombros de gigantes". Gigantes que no cobraron derechos de autor, muchos de ellos. Por esto mismo, los "derechos de autor" deben ser relativizados aún más. Y las "patentes", "derechos de propiedad intelectual" y otros también. Estamos en una época del conocimiento socializado; nadie puede concebirse como un Robinson Crusoe, aislado, en la creación del conocimiento y en su difusión.

Desde luego que lo dicho no significa desconocer la originalidad y el trabajo individual o empresarial integrado en la creación del conocimiento. Los enormes gastos de gobiernos, empresas y personas en investigación y desarrollo, son reales. Es lógico que se persiga el reconocimiento ético y monetario del caso. El planteamiento es que tal retribución moral y material, debe hacerse en términos que no signifiquen abuso de quien crea, recrea, transmite o utiliza el conocimiento. En esta dirección son encomiables los esfuerzos por socializar el conocimiento de wikipedia y Creative Commons.

A continuación la referencia de wikipedia sobre CC. Las negrillas, sangrías y separación de algunos párrafos son nuestros para efectos de estudio.

Creative Commons
De Wikipedia, la enciclopedia libre

Creative Commons
Acrónimo CC
Fundación 2001
Fundador(es): Lawrence Lessig, Hal Abelson
Sede San Francisco (California), Estados Unidos
Administración: James Boyle
Productos: Promover tipos de licencias de autor que tienen forma flexible y razonable
Marcas Licencias Creative Commons

Creative Commons (CC) es una organización no gubernamental sin ánimo de lucro que desarrolla planes para ayudar a reducir las barreras legales de la creatividad, por medio de nueva legislación y nuevas tecnologías. Fue fundada por Lawrence Lessig, profesor de derecho en la Universidad de Stanford y especialista en ciberderecho, que la presidió hasta marzo de 2008.

Creative Commons (en español: «bienes comunes creativos») es también el nombre dado a las licencias desarrolladas por esta organización.

Creative Commons International

El proyecto Creative Commons International es un apéndice del proyecto mayor de Creative Commons.
Tiene por objetivo traducir las licencias Creative Commons a los diferentes idiomas, así como adaptarlas a las diferentes legislaciones y sistemas de derechos de autor alrededor del mundo.
Este trabajo está liderado por la directora de Creative Commons International, Catharina Maracke y por equipos de voluntarios en los diferentes países.

Actualmente cuenta con 28 países que están en proceso de traducción de las licencias, aunque se sabe que más de 70 países están interesados en comenzar a colaborar para alcanzar sus respectivas versiones y capítulos locales.

Licencias
Artículo principal: Licencias Creative Commons

Las licencias Creative Commons o CC están inspiradas en la licencia GPL (General Public License) de la Free Software Foundation. No son, sin embargo, un tipo de licenciamiento de software. La idea principal es posibilitar un modelo legal ayudado por herramientas informáticas, para así facilitar la distribución y el uso de contenidos.

Existe una serie de licencias Creative Commons, cada una con diferentes configuraciones o principios, como el derecho del autor original a dar libertad para citar su obra, reproducirla, crear obras derivadas, ofrecerla públicamente y con diferentes restricciones, como no permitir el uso comercial o respetar la autoría original.

Una de las licencias que ofrecía Creative Commons es la que llevaba por nombre "Developing Nations" (Naciones en Desarrollo), la cual permitía que los derechos de autor y regalías por el uso de las obras se cobraran sólo en los países desarrollados del primer mundo, mientras que se ofrecían de forma abierta en los países en vías de desarrollo. Esta licencia ha sido retirada por problemas comerciales.

Aunque originalmente fueron redactadas en inglés, las licencias han sido adaptadas a varias legislaciones en otros países del mundo. Entre otros idiomas, han sido traducidas al español, al portugués, al gallego, al euskera y al catalán a través del proyecto Creative Commons International. Existen varios países de habla hispana que están involucrados en este proceso: España, Chile, Guatemala, Argentina, México, Perú, Colombia, Puerto Rico y Ecuador ya tienen las licencias traducidas y en funcionamiento, en tanto que Venezuela se encuentra en proceso de traducción e implementación de las mismas. Brasil también tiene las licencias traducidas y adaptadas a su legislación.

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1 comentario:

Anónimo dijo...

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